Constituye tu sociedad de forma rápida y segura
Nos encargamos de todos los trámites legales para la creación de tu sociedad, ahorrándote tiempo y evitando complicaciones.
La constitución de una sociedad es el proceso legal y administrativo mediante el cual se crea una entidad con personalidad jurídica propia, diferenciada de sus socios o fundadores. Este procedimiento permite a los emprendedores y empresarios operar de forma estructurada, accediendo a ventajas fiscales, limitando su responsabilidad y facilitando la obtención de financiación.
El proceso abarca desde la redacción de los estatutos sociales hasta la inscripción en el Registro Mercantil, pasando por la obtención del NIF provisional y la apertura de una cuenta bancaria a nombre de la sociedad. Cada paso debe cumplir con los requisitos establecidos por la legislación mercantil y fiscal, lo que implica presentar documentación detallada y respetar plazos concretos.
Elegir la forma jurídica adecuada —como Sociedad Limitada (SL) o Sociedad Anónima (SA)— es fundamental, ya que determina aspectos clave como el capital social mínimo, el régimen de responsabilidad o la tributación aplicable. Un error en la constitución puede derivar en complicaciones legales o fiscales que afectan al desarrollo del negocio a medio y largo plazo.
Uno de los errores más frecuentes es elegir una forma jurídica inadecuada, lo que puede derivar en mayores cargas fiscales o responsabilidades personales que podrían haberse evitado con una estructura más apropiada. Por ejemplo, optar por una Sociedad Limitada (SL) sin considerar la posibilidad de una Sociedad Anónima (SA) puede limitar el acceso a ciertos inversores o restringir la expansión futura del negocio.
Otro problema habitual es la falta de claridad en los estatutos sociales. Estatutos genéricos, sin definir correctamente las funciones de los socios, la distribución de beneficios o las cláusulas de disolución, pueden desembocar en conflictos internos que afectan la operatividad de la empresa. Además, omitir la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil o no obtener el NIF definitivo a tiempo puede generar sanciones administrativas y retrasos en la apertura de cuentas bancarias o contratos con proveedores.
Nuestra gestoría revisa cada detalle desde el inicio para evitar estos contratiempos. Analizamos las necesidades del cliente, proponemos la forma jurídica que mejor se adapta al proyecto y redactamos estatutos personalizados que reflejan las particularidades del negociogente.
Uno de los errores más frecuentes es elegir una forma jurídica inadecuada, lo que puede derivar en mayores cargas fiscales o responsabilidades personales que podrían haberse evitado con una estructura más apropiada.
Para llevar a cabo la constitución de una sociedad de forma ágil y sin errores, es imprescindible recopilar cierta documentación que nos permita formalizar cada paso del proceso. Solicitamos la siguiente información:
Datos personales de los socios y administradores. Copia del DNI o NIE de cada uno de los socios y administradores, así como el porcentaje de participación en el capital social.
Certificado de denominación social. Documento emitido por el Registro Mercantil que acredita que el nombre elegido para la sociedad está disponible.
Aportación de capital social. Justificante del ingreso del capital en la cuenta bancaria abierta a nombre de la sociedad (para Sociedades Limitadas, el mínimo es de 1 euro).
Estatutos sociales. Si no los tienes, nos encargamos de redactarlos conforme a las necesidades del cliente y la legislación vigente.
Dirección fiscal de la sociedad. Se requiere una sede física para notificaciones y domicilio social.
Objeto social. Descripción detallada de la actividad que desarrollará la sociedad.
Poderes (si aplica). Si algún socio o administrador actúa por medio de apoderado, es necesario presentar los documentos que acrediten la representación legal.
Una vez recibimos toda la documentación, iniciamos el proceso de constitución solicitando el certificado de denominación social y redactamos los estatutos sociales adaptados a las características del negocio. Posteriormente, gestionamos la cita ante notario para la firma de la escritura pública de constitución, asegurándonos de que todos los socios estén presentes o debidamente representados.
Tras la firma, nos encargamos de la inscripción en el Registro Mercantil, obteniendo así la plena validez jurídica de la sociedad. Paralelamente, tramitamos el NIF provisional y definitivo ante la Agencia Tributaria, garantizando que la sociedad esté lista para operar en el menor tiempo posible. Además, ofrecemos asistencia en la apertura de la cuenta bancaria de la sociedad y en la obtención de los certificados digitales necesarios para el desarrollo de la actividad.
El tiempo necesario para constituir una sociedad depende de varios factores, pero en términos generales, el proceso puede completarse en un plazo de 7 a 15 días hábiles. Este periodo incluye desde la obtención del certificado de denominación social hasta la inscripción definitiva en el Registro Mercantil. Sin embargo, hay pasos que pueden agilizar o ralentizar el trámite. Por ejemplo, la demora en conseguir una cita con el notario o errores en la documentación pueden prolongar el proceso. Por otro lado, si se opta por una Sociedad Limitada (SL) exprés con estatutos tipo, la constitución puede reducirse a 48-72 horas.
Nuestra gestoría optimiza cada fase para garantizar que el tiempo de espera sea mínimo. Una vez reunida la documentación, solicitamos el certificado de denominación social y agendamos la firma ante notario lo antes posible. Además, nos encargamos de presentar toda la documentación de forma telemática para acelerar la inscripción en el Registro Mercantil. Contar con asesoramiento profesional evita errores que pueden retrasar el inicio de la actividad.
El coste de constituir una sociedad varía en función de la forma jurídica elegida y de los honorarios notariales y registrales. Para una Sociedad Limitada (SL), los costes suelen oscilar entre 400 y 1.000 euros, incluyendo los gastos de notaría, Registro Mercantil, honorarios de gestoría y tasas administrativas. En el caso de Sociedades Anónimas (SA) o estructuras más complejas, el coste puede ser superior debido al capital mínimo exigido y a la mayor carga documental.
Es importante considerar que, además del capital social (mínimo de 1 euro en SL), hay otros gastos asociados, como el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME). Nuestra gestoría proporciona un desglose detallado de los costes desde el principio, evitando sorpresas y ajustando el presupuesto a las necesidades de cada cliente.
La constitución de una sociedad ofrece ventajas significativas frente al régimen de autónomo, especialmente en términos de responsabilidad y fiscalidad. Una sociedad limita la responsabilidad de los socios al capital aportado, lo que significa que el patrimonio personal queda protegido ante posibles deudas o problemas financieros. En cambio, los autónomos responden con todos sus bienes, lo que implica un mayor riesgo.
Desde el punto de vista fiscal, las sociedades tributan en el Impuesto sobre Sociedades, con un tipo impositivo general del 25%, mientras que los autónomos tributan en el IRPF, con tipos progresivos que pueden alcanzar el 47%. A partir de ciertos niveles de facturación, constituir una sociedad resulta más rentable, ya que permite reducir la carga impositiva. Además, las sociedades tienen acceso a más formas de financiación y pueden proyectar una imagen más profesional ante clientes y proveedores.